Un genealogista sucesorio se ha puesto en contacto con usted porque es heredero de una sucesión. Esto puede plantear muchas preguntas, sobre todo porque en ocasiones el proceso puede dilatarse mucho en el tiempo dependiendo de la complejidad del caso.
Para encontrar las respuestas a sus preguntas, le invitamos a consultar nuestras Preguntas Frecuentes.
DESCUBRO QUE SOY HEREDERO EN UNA SUCESIÓN
Un familiar suyo, al que quizá no conozca, ha fallecido y usted desconoce si tiene algún derecho sobre su sucesión. Si no le han presentado a los herederos y desconoce sus direcciones o incluso su existencia, el notario encargado de la sucesión recurrirá a los servicios de un genealogista. Tras realizar una investigación exhaustiva, el genealogista consigue identificarle y se pone en contacto con usted.
La búsqueda de herederos es un trabajo lento y riguroso que consiste en llegar, a partir del nombre del difunto, a una lista exhaustiva de herederos. El registro civil, los censos de población, los archivos de registro, las investigaciones locales son medios a los que puede recurrir el genealogista. A continuación, reconstruye el árbol genealógico en su realidad jurídica. Para él, no se trata solo de encontrar a los herederos vivos, sino también de asegurarse de que no existen otros, olvidados o ignorados. El genealogista se adentra así en la vida de las familias, descubriendo a veces hijos ocultos o secretos tapados. Este trabajo se materializa en un gran árbol genealógico que se adjuntará al acta de notoriedad.
Es posible que el notario simplemente no le conozca o no sepa cómo localizarle. Si ningún heredero se pone en contacto con el notario, o si este no tiene pruebas suficientes de que los herederos que se presentan son los únicos, debe, en conciencia, recurrir al genealogista, pero no está obligado a sustituirle, ya que las profesiones de ambos son muy diferentes.
Desplazarse a los ayuntamientos para consultar el registro civil y los archivos para hacer un seguimiento de los censos de población es algo que forma parte de la labor del genealogista, mientras que el notario redacta las escrituras. Algunas investigaciones requieren viajes frecuentes, tanto en Francia como al extranjero.
Especializado en el estudio de las familias, el genealogista está capacitado para llevar a cabo una investigación. La búsqueda de herederos precisa la movilización de investigadores experimentados en este trabajo minucioso. La mayoría de los procedimientos requieren la experiencia de profesionales con autorizaciones administrativas, que permitan en particular acceder a los archivos del registro civil.
Pueden heredar hasta los descendientes de los hermanos y hermanas de sus cuatro abuelos, ya sean maternos o paternos. La investigación suele revelar muchas sorpresas. Una persona fallecida puede haber instituido como su sucesor a un primo lejano de usted, que puede haber muerto, sin que usted sepa nada de esta situación. A veces ni siquiera conoce algunas partes de su historia familiar.
El genealogista le enviará un contrato de divulgación para indicarle exactamente cuáles son sus derechos. El origen de la sucesión, la cuantía de la herencia y su condición de heredero forman parte de la divulgación. Esta información se le comunicará o confirmará una vez que usted haya dado su conformidad al genealogista.
Este contrato fija la remuneración del genealogista y le ofrece a usted una garantía de buen fin de la investigación, lo que le protege contra cualquier riesgo relativo a la sucesión. El contrato le garantiza que no se le pedirá que pague ninguna cantidad de dinero aparte de los honorarios que se definen estrictamente en el contrato. Sobre todo, este acuerdo le protege a usted contra cualquier riesgo financiero, incluido el de un déficit hereditario.
El genealogista cobra sus honorarios con el consentimiento de los herederos. Por tanto, debe obtener previamente su consentimiento para poder percibir sus honorarios por el servicio que le ha prestado, identificándole, localizándole y dándole a conocer sus derechos sucesorios.
Si no hay garantía de pago, el genealogista no está obligado, de por sí, a comunicar sus datos de contacto al notario, ya que al hacerlo estaría trabajando gratuitamente y no percibiría una remuneración por su trabajo.
El Código Civil francés organiza la forma de transmitir una sucesión, lo que se conoce como la declaración de herederos.
El artículo 731 del Código Civil francés estipula que «la sucesión no puede corresponder por derecho más que a los parientes y al cónyuge capaz de suceder al causante».
La regla de los órdenes
1.er orden:
los descendientes directos;
los hijos legítimos, naturales y adulterinos tienen los mismos derechos.
2.º orden (mixto):
los ascendientes privilegiados (padre y madre) y colaterales privilegiados (hermanos y hermanas, sobrinos y sobrinas, sobrinos nietos y sobrinas nietas), etc.
3.er orden:
los ascendientes ordinarios (abuelos y bisabuelos).
4.º orden:
los colaterales ordinarios hasta el 6.º grado (CC – art. 745): tíos y tías, primos de 4.º, 5.º y 6.º grado.
La regla de los grados
La cercanía del parentesco se establece por el número de generaciones, constituyendo cada generación un grado adicional.
Línea directa
Una línea directa es la secuencia de grados entre personas que descienden unas de otras (por ejemplo, los hijos o los nietos).
Hay tantos grados como generaciones entre las personas: así, el hijo está, con respecto al padre, en primer grado, el nieto en segundo.
Línea colateral
Una línea colateral es la secuencia de grados entre personas que no descienden unas de otras, pero que descienden de un ascendiente común. Los grados se cuentan por generación, desde uno de los parientes hasta el ascendiente común: así, dos hermanos están en segundo grado (los padres en el primero y ellos en el segundo), el tío y el sobrino están en el tercero, los primos hermanos en el cuarto.
Los parientes colaterales no prosperan más allá del sexto grado.
El genealogista firma con usted un contrato de divulgación. En este contrato, el genealogista le informa de los derechos que puede hacer valer en una sucesión que usted desconocía antes de que interviniera el genealogista, pues de lo contrario, naturalmente, usted se habría puesto en contacto con el notario.
El genealogista se compromete en este contrato a informarle de sus derechos y su origen exacto. A cambio, usted se compromete a concederle al genealogista una parte del caudal hereditario correspondiente a los honorarios de su investigación.
El contrato de divulgación está sujeto a la legislación sobre ventas a domicilio (art. L121-23 y siguientes del Código de Consumo francés). En este contrato se menciona una opción de renuncia.
Puede pedir asesoramiento a su notario para asegurarse de la legitimidad del proceso.
No tiene que realizar ningún pago. Nuestros honorarios se deducen del activo hereditario.
Nuestro despacho asume todos los riesgos financieros. Si se fracasase por cualquier motivo, en caso de intervención de un heredero más próximo, de testamento que desherede al heredero o de deudas que absorban el patrimonio, nuestro despacho se hace responsable de todos los gastos adelantados, independientemente de su cuantía. Nos hacemos cargo de cualquier déficit sucesorio para que nunca tenga que adelantar ni pagar nada.
Los honorarios del genealogista sucesorio figuran en el contrato de divulgación sucesoria que se le ha ofrecido. Representan un porcentaje de la parte neta (tras el pago del impuesto sobre sucesiones) o de la parte bruta (antes del pago del impuesto sobre sucesiones) que corresponde a los herederos. Esta parte varía en función de su grado de parentesco con el causante.
Si ha deducido de dónde pueden proceder los derechos que el genealogista pretende divulgarle, es que no conocía el origen de esos derechos antes de que el profesional se pusiera en contacto con usted. Por tanto, existe una razón legítima para remunerar el servicio prestado. A menudo, los herederos conocían al difunto pero le habían perdido la pista. Algunos incluso son conocedores del fallecimiento pero no acudieron ante el notario porque no sabían que tenían derechos que hacer valer. En todos estos casos, el genealogista les ha prestado un servicio.
Después de la búsqueda viene la divulgación. Cuando se encuentra al último heredero, enviamos una carta a los derechohabientes para revelar el origen de la sucesión.
También les enviamos un poder notarial para que puedan estar representados durante toda la sucesión.
Si el genealogista le ha ofrecido un contrato de divulgación de la sucesión, es que la sucesión es beneficiosa. De lo contrario, el notario ni siquiera habría contratado al genealogista, ya que no habría forma de pagar sus servicios. En cualquier caso, el contrato le protege frente a todos los riesgos, incluido el del pasivo. Cada año, nuestra empresa contrata pólizas de seguro que cubren nuestras diversas intervenciones. Por ejemplo, si se ha olvidado a un heredero y hay que devolverle su parte, o si no se han tenido en cuenta las deudas, la protección está garantizada. Por ello, los honorarios del genealogista son proporcionales al activo hereditario. Cuanto mayor sea el patrimonio, mayor será el riesgo para el genealogista.
La firma del contrato de divulgación no le obliga a aceptar la sucesión. Solo cuando se haya revelado el nombre del causante y se haya estimado el valor del patrimonio podrá decidir si acepta o renuncia a la sucesión con pleno conocimiento de causa. La aceptación solo es posible una vez firmada la declaración de herederos ante las autoridades fiscales.
La firma del contrato de divulgación simplemente le compromete a pagar al genealogista un porcentaje de los bienes en caso de éxito. A cambio, el genealogista está obligado a «revelarle» sus derechos en la sucesión: de quién hereda y en qué proporción. Si finalmente renuncia a la sucesión, el contrato de divulgación queda anulado.
Al firmar un poder notarial, nos autoriza a gestionar la sucesión en su nombre. El despacho Andriveau se compromete a representar lo mejor posible los intereses de los herederos durante todo el proceso la sucesión. Todo ello sin coste alguno para usted.
El notario tendrá un único interlocutor, el genealogista, designado para representar a todos los herederos. De este modo, estos últimos quedan liberados del seguimiento de la sucesión, los gastos, los desplazamientos, etc.
A continuación, se envía al notario el expediente, junto con el árbol genealógico, para gestionar la sucesión.
Una vez liquidada la sucesión, podemos enviarle una copia del árbol genealógico completo si lo solicita. Por motivos de confidencialidad, los datos de contacto de los familiares no aparecen en este árbol.
Estamos obligados a guardar secreto profesional. Sin embargo, al final de la liquidación, si los demás herederos han expresado claramente su conformidad, podemos facilitarle sus datos de contacto.
Archives Généalogiques Andriveau es el despacho más antiguo del mundo. Es uno de los miembros fundadores de la Chambre des Généalogistes Successoraux de France, creada en 1947. Compuesto por cerca de 30 despachos, es el órgano representativo más antiguo de la profesión.
Nuestro despacho es también miembro de Généalogistes de France, la organización nacional que representa a la profesión genealogista. Como tal, nuestro despacho es cosignatario de un código deontológico.
Si no ha encontrado la respuesta a su pregunta, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
LA GESTIÓN DE LA SUCESIÓN ESTÁ EN MARCHA
Hay varias etapas clave en la gestión de una sucesión:
- la firma del acta de notoriedad;
- el inventario y la venta del mobiliario;
- la tasación de los bienes, el certificado de propiedad y la venta del bien;
- el cierre y cobro de cuentas bancarias, efectivo, valores, seguros de vida, etc.;
- el pago del pasivo;
- la elaboración y la firma de la declaración de herederos y el pago de impuestos;
- la elaboración de las cuentas tras la recepción de los fondos recibidos del notario;
- el reparto de los fondos entre los herederos tras obtener su conformidad.
El objetivo es que usted, como heredero, pueda tomar posesión de los fondos que le corresponden lo antes posible.
Es la declaración a la agencia tributaria de los activos y pasivos el día del fallecimiento. Puede cambiar hasta que se liquide la sucesión.
Es la escritura que registra la transferencia de los derechos de propiedad inmobiliaria del causante a sus derechohabientes. Esta escritura permite la venta del bien.
Es una escritura redactada por el notario que determina los derechos de cada uno de los herederos. Contiene, en particular: la identidad completa del causante, la existencia o la ausencia de actos de últimas voluntades (testamento, donación entre cónyuges), la declaración de herederos, es decir, la identidad completa de cada heredero, la relación y el grado de parentesco de cada heredero con el causante y la parte que le corresponde a cada uno. La firma del acta de notoriedad no implica necesariamente la aceptación de la sucesión.
Durante la gestión de la sucesión, nuestros juristas le representan en todas las etapas: gestión del patrimonio, venta de bienes inmuebles y valores mobiliarios, firma de escrituras ante notario, etc. Eso le evita tener que desplazarse.
Como el despacho es el representante de los herederos, les implica en todas las etapas importantes de la sucesión y en todas las decisiones importantes que se derivan de ella.
Cuando nuestro despacho inicia la búsqueda de los herederos, el activo y el pasivo solo se conocen parcialmente. Únicamente tras la firma de la notoriedad, el notario dispondrá de las respuestas de los diferentes organismos financieros y podrá proceder al inventario y a la venta de los inmuebles. Eso le permitirá obtener un inventario preciso de los activos y pasivos de la herencia.
El contrato firmado con el genealogista le protege a usted contra cualquier riesgo relacionado con la existencia de pasivo hereditario. Si la sucesión es deficitaria, el genealogista asumirá él solo las consecuencias. Usted no asumirá ningún riesgo.
La cuantía del impuesto sobre sucesiones varía en función de su grado de parentesco con el causante y de la parte que le corresponda.
Si usted o sus coherederos no desean conservar los bienes inmuebles, estos se venderán. Nosotros nos encargamos de todos los trámites: tasación de la propiedad, firma del mandato de venta (después de que los herederos hayan acordado el precio de venta), aceptación de ofertas, etc.
El notario y un subastador elaboran un inventario para evaluar cada objeto, habitación por habitación, con el fin de asignarle un precio. Una vez elaborado el inventario, se adjunta al acta notarial. Es útil si el valor de los muebles que equipan el inmueble es inferior al 5 % del activo hereditario bruto, a fin de reducir el importe global de los muebles.
Puede solicitar asistir al inventario de los bienes del causante en presencia del notario y del subastador. Si no desea asistir, su presencia no es obligatoria. El poder firmado por usted nos permite representarle durante la elaboración del inventario. Si lo desea, se le enviará una copia del inventario, incluida la tasación del subastador.
Los efectos personales, como las fotografías personales o la correspondencia, no se incluyen en el activo hereditario. Se reparten entre los herederos que lo soliciten.
Como sus representantes, procedemos al desbloqueo de los seguros de vida en su nombre y lugar con las compañías de seguros. También nos ocupamos de liquidar los impuestos cuando proceda. Para ello, le enviaremos una autorización especial que deberá devolvernos firmada.
El tiempo que se tarda en gestionar una sucesión depende totalmente de las particularidades de cada caso. El plazo depende sobre todo de la complejidad del caso: número de herederos, distancia, heredero menor de edad, adulto bajo protección, desacuerdo entre los herederos, etc. Pueden entrar en juego otros factores, como el tiempo que se tarde en vender el bien inmueble o la rapidez de respuesta de las entidades financieras.
La cuantía que usted recibe de nuestro despacho es neta de todos los honorarios y gastos. Todos los impuestos son liquidados de antemano por el notario.
Si no ha encontrado la respuesta a su pregunta, no dude en ponerse en contacto con nosotros.